ATC 146/2012, de 16 de julio | BOE 13 de agosto de 2012

La Seguridad Social del fisioterapeuta pluriempleado

17/06/2013 | Bernardo García, abogado del Gabinete Jurídico de la CHTJ-UGT y profesor asociado de la Universidad Rey Juan Carlos

Voces: 

• Encuadramiento en el RETA del personal estatutario sanitario por la actividad complementaria privada.

Supuesto:

Cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ asturiano contra la DAd 15ª de la Ley 27/2009, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas, que establece que el personal estatutario de los servicios de salud, cuando realicen actividades complementarias privadas quedarán encuadradas por las mismas en el RETA; por posible contravención del art. 14 CE.

 Criterio:

El TC considera la cuestión planteada notoriamente infundada, sin que se aprecie vulneración del art. 14 CE, por faltar el término de comparación en el que fundar el juicio de igualdad. Además corresponde al legislador, dentro del margen de libertad del que goza en esta materia de acuerdo con el art. 41 CE, establecer el marco normativo con previsión de distintos regímenes de Seguridad Social, y aún siendo deseable desde el punto de vista social alcanzar la identidad en el nivel de protección de todos los ciudadanos, son legítimas las diferencias de trato normativo en materia de prestaciones de Seguridad Social derivadas de la inclusión en uno u otro régimen del sistema (fj 4).

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Reitera criterio:

SSTC 103/1984, de 12 de noviembre; 121/1984, de 12 de diciembre (fj 3); 27/1998, de 23 de febrero; y 77/1995, de 20 de mayo.

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